domingo, 22 de julio de 2012

conferencias sobre medicina forense y ley agraria


UNIVERSIDAD ALFONSO REYES
Unidad Linda Vista
División Humanidades

Licenciatura en Ciencias Jurídicas
Materia: Derecho Internacional Público

Catedrático: Lic. Sanjuana Alicia Obregón Jasso

medicina Forense y Derecho Agrario y sus generalidades

Grupo 6° tetramestre
Matricula: L-10167
Alumna: Jesus Otoniel Ramirez Garcia




Guadalupe N.L 16 de Junio del 2012


Introducción
En este ensayo hablaremos de las conferencias que anteriormente se llevaron acabo en el auditorio de la universidad Alfonso Reyes la cual es una de las universidades monterrey, se llevaron acabo en diferentes días y de diferentes materias pero eso no las hace menos interesantes una de otra , en una de las conferencias de las cuales fue la primera se vio el tema de medicina forense y se tocaron los temas de interés en la actualidad como por dar un ejemplo el suicidio y la importancia que tiene hoy en día  algunos de los tipos mas comunes de suicidio también sobre las quemaduras y las diferentes maneras de las cuales una persona pude sufrir quemaduras ya que por lo regular al escuchar quemaduras inmediatamente lo relacionamos con fuego o materiales calientes pero existen también las quemaduras por electricidad entre otras mas y por ultimo se llevo a cabo los delitos sexuales.










Se hablara de una manera muy simplificada de los ejidos, sus ejidatarios, los comisarios y la asamblea de administración de los ejidos, se entenderá que los comisarios son como la autoridad que regule y que vea por los ejidatarios en cuanto a las resoluciones que pudiesen haberse generado en las juntas de administración de los ejidos.
Conoceremos como están conformados los ejidos, sus divisiones de tierra, las utilidades especiales que se les puede dar a cada uno de los fragmentos de las tierras, por cuantos individuos como minino se tiene que conformar un ejido, también de que se necesita para adquirir la calidad de ejidatarios así como las aportaciones que los ejidatarios hacen en cuanto a sus parcelas para poder trabajar las tierras y hacerlas tierras productivas.












www.uar.edu.mx
Medicina forense
En las pasadas conferencias a cargo de los expertos en la materia tanto de medicina legal como de derecho agrario pudimos ver temas muy interesantes que suceden en la actualidad y que en estos tiempos se están haciendo cosas mas cotidianas y mas seguidas lamentablemente y esto yo pienso que se debe a los bajos niveles de estudios que nuestro país maneja ya que la gente esta menos preparada mentalmente por falta de estudios y esto los lleva a tomar decisiones
muy malas.
Suicidio
En la conferencia de medicina legal uno de los temas que pudimos aprender algo fue el de el suicidio por varias formas una de las tantas es el envenenamiento por pastillas este tiempo de suicidio se ve mas afectado en la adolescencia ya que muchos jóvenes pasan por situaciones muy complicadas en su vida pero en vez de afrontarlas o hablarlas deciden irse por el camino fácil el de quitarse la vida, también el suicidio por heridas directamente en las venas y mueren por desangramiento siempre y cuando sepan las venas que tienen un gran flujo de sangre ya que muchos jóvenes piensan que las venas de las muñecas son las mas indicadas para poder quitarse la vida ya que es muy común ver eso en las películas y programas de televisión pero la verdad es que son muy pocas las personas que mueren por cortarse las muñecas ya que no son venas con flujo de sangre, otro de los métodos mas comunes es el ahorcamiento este principalmente se da en las personas adultas que piensan que los problemas que llevan cotidianamente no se pueden resolver y buscan salir de ellos de la manera mas errónea.
Quemaduras
Las quemaduras se pueden dar por diferentes tipos el mas común de ellos es por quemaduras con fuego o con objetos calientes, también existen quemaduras por frio, electricidad y por materiales químicos como ácidos y materiales industriales, las quemaduras se miden por quemaduras de 1° 2° 3° así sucesivamente hasta llegar al 6° su gravedad varia en algunos aspectos tanto como tipo de quemadura, área afectada, profundidad de las quemaduras y zona afectada hay quemaduras como las de 3° grado en adelante que se necesita la intervención quirúrgica ya que la parte afectada queda totalmente dañada imposible de regenerarse por si mismo y hay es cuando se tiene que injertar pedazos de piel de otra parte del cuerpo, por lo regular se toma de las nalgas que es la zona donde tiene mas musculo y no afecta tanto como quitarle de otra parte del cuerpo.
Hay una forma de contribuir y ayudar a personas que sufren quemaduras ya se mediante una institución que se dedica a recaudar fondos para que las personas de bajos recursos que no pueden pagar su tratamiento les ayuden a poder sustentar los gastos y otro tipo de ayuda es la donación de tejidos corporales para injertar.
Delitos sexuales.
Un tema que en la actualidad se da mucho y muy seguido los delitos sexuales los cuales desafortunadamente muchos menores de edad son atacados por delincuentes sexuales que les hacen un daño de por vida y muy comúnmente se ven afectadas las mujeres en ese tipo de delitos y es muy importante que cuando una persona que es atacada lo primero que debe hacer antes que nada es presentar una denuncia o una querella antes de meterse a bañar, ya que esto lo único que hace es que se deshagan de muchas pruebas valiosas que a la autoridad investigadora es de mucha ayuda para dar con el responsable, se entiende que una persona que es ultrajada lo primero que quiere es limpiarse por que es algo muy desagradable.
Hay personas que tienen su cuerpo de manera que es muy difícil observar a simple vista que una persona fue atacada sexualmente uno de estos es el himen placentero el cual no deja rastro alguno de la entrada de un miembro masculino o de un objeto utilizado para cometer el delito algunas personas lo primero lo que intentan observar cuando un menor que jamás ha tenido encuentros sexuales es el de la capa que cubre el himen pero hay personas que debido a sus actividades como pudiera ser bailarinas, gimnastas etc.
El derecho agrario y sus generalidades
Para que una ejido pueda constituirse tiene que estar formado por un grupo no menor a 20 personas, tiene que haber aportado en el ejido tanto como en trabajo asi como en donar una parte de su propiedad para poder trabajar esas tierras, las personas tiene que vivir dentro del ejido por lo menos 6 meses para que puedan tener la calidad de ejidatarios, todos los ejidos están organizado por el consejo de administración ejidal que es el que se encarga de tomar las decisiones mas importantes y el comisariado ejidal es el órgano que se encarga de velar por los intereses de los ejidatarios y que se cumplan las decisiones tomadas,
Comisario
Esta persona tiene que ser ejidatario del ejido del cual se le esta otorgando el cargo de comisario, tiene que haber vivido y trabajado en el ejido por lo menos 1 año a su cargo, para poder nombrar a un comisario se hace una junta en la cual se toma a decisión del grupo ejidal.
El ejido se divide en sectores como zona urbana el cual esta destinada para que los ejidatarios construyan su casa el lugar donde podrán vivir ellos y su familia, también hay zonas de uso común en las cuales tiene como destino la construcción de clínicas, hospitales, escuelas, mercados y toda aquella construcciones que llegase a necesitar el ejido y la zona parcelaria en la cual esta tiene como propósito tierras fértiles para que los ejidatarios puedan trabajarla y sembrar sus productos y la cual la mas importante ya que es la que generalmente trae a un ejido los ingresos que necesitan.



Conclusiones
En este ensayo pudimos aprender mucho gracias a las conferencias impartida por los catedráticos  expertos en la materia tanto como de medicina forense así como la del derecho agrario y sus generalidades, aprendimos de una forma muy dinámica y divertida que la medicina juega un papel muy importante para poder resolver asuntos legales ya que como nos dijo el catedrático aun no existe el crimen perfecto y con el conocimiento en la medicina y de las normas legales se puede resolver de una manera mas acertada de un asunto o un delito.
Pudimos aprender sobre el suicidio de las personas que es algo que hoy en día vemos a diario.
Los delitos sexuales también es un tema del cual pudimos hablar porque de igual manera es muy importante tener conocimientos de ello para poder llegar a una conclusión si la victima en verdad fue atacada o simplemente inventa la denuncia para afectar a otra persona.
En la segunda conferencia a cargo del licenciado Carlos  González hablamos de una manera muy generalizada del derecho agrario, de su conformación de sus zonas y para que sirvan  cada una de ellas también se hablo del comisariado ejidal y de la asamblea de administración en los ejidos aprendimos que los ejidos están divididos por zonas las cuales pudimos observar que las tierras parcelarias juegan un papel muy importante en los ejidos ya que son la proporción de tierra que es utilizada para ejercer los trabajos de cultivos de diversos productos y es la principal fuente de ingresos de las parcelas, las tierras de uso común son aquellas destinadas para la construcción de servicios los cuales nos necesarios para que los ejidatarios puedan llevar una vida plena y sana ya que en esos territorios están destinados para la construcción de escuelas, clínicas, mercados, cooperativas, y muchos mas de los cuales les sirvan, también tenemos aquellas de las cuales están destinadas para la vivienda de los ejidatarios a la gentes que trabajan las tierras.

negociasiones juridicas internacionales 2° parte


UNIVERSIDAD ALFONSO REYES
Unidad Linda Vista
División Humanidades

Licenciatura en Ciencias Jurídicas
Materia: Derecho Internacional Público

Catedrático: Lic. Sanjuana Alicia Obregón Jasso
Negociaciones Jurídicas Internacionales

Grupo 6° tetramestre
Matricula: L-10167
Alumna: Jesus Otoniel Ramirez Garcia




Guadalupe N.L 16 de Junio del 2012



Introducción
En este ensayo daremos la continuación del primero ensayo que se realizo en el mes pasado, en este ensayo entraremos mas afondo acerca de los tratados, como se formulan los elementos que se tienen que llevar acabo para poder realizar los tratados con las potencias extranjeras.
En las escuelas monterrey examinaremos también artículos de la Constitución Política de nuestro país que hablan de la responsabilidad de los presidentes al momento de autorizar un tratado y también de las responsabilidades que tiene el poder legislativo como la cámara de senadores para poder aprobar los tratados.
Las negociaciones y concusiones de los tratados que se hablara de la forma en la que una convención se lleva acabo desde la invitación que se le manda a las personas plenipotenciarias para poder acudir a una convención diplomática y habar de temas que son de su interés para su estado.
Conoceremos las accesión y la adhesión y sobre todo la diferencia que existen entre una de otra y entre este tema se hablara de las reservas que pueden hacer los estados en algunos tratados.
Y por ultimo se hablara de las dos causas de extinción que existen en lo que respecta a los tratados ya celebrados con otros estados miembros del mismo.













Elementos de los tratados
Tradicionalmente se sostiene que los tratados deben poseer ciertos elementos y tener presentes ciertas cualidades para que tengan validez debida. Se habla de comúnmente de la capacidad, del consentimiento, del objeto y de la causa. www.uaf.edu.mx
Por lo que se refiere a la capacidad de las partes, que el jus tractati es un atributo propio de la soberanía. Solo los estados soberanos pueden concertar tratados.
En lo que corresponde al consentimiento, este debe ser expresado por los órganos de representación competente del Estado. El jus representationis esta contenido normalmente en el derecho interno de los estados.
En México, el articulo 89 fracc. X, de la constitución política otorga esa facultad al presidente de la republica y naturalmente delega esa facultad en los plenipotenciarios que al efecto el señale.
Art 89: son facultades del presidente de la republica dirigir las negociaciones diplomáticas y celebrar tratados con las potencias extranjeras sometiéndolo a la ratificación del gobierno federal.
Diversas cuestiones entrañan lo que se denomina vicios del consentimiento, ósea el error y la coacción. En escuelas monterrey se habla de.
En la teoría clásica se habla también de posibilidad del objeto.
Es elemental concluir que en los tiempos modernos no existe la probabilidad de realizar tratados que contengan objetos imposibles. Así pues resulta que donde hay un tratado que no tenga causa este debe considerarse invalido.
Forma de los tratados
Se aprecia en la doctrina general, de manera consistente, la afirmación de que los tratados pueden ser verbales de palabra. Si en un tiempo remoto y de manera ocasional ello ocurrió, no hay ahora justificación, ni técnica, ni doctrinal para sostener esa inexactitud.
Generalmente el tratado va precedido del titulo. Continua el proemio que puede contener una recapitulación de los propósitos que mueven a los signatarios a pactar y a veces una breve mención de antecedentes. En el proemio van los nombres de los plenipotenciarios, y la formula usual de que se ha comunicado sus respectivos plenos poderes y encontrándolos en debida forma, convienen u otra parecida.
La ultima clausula se refiere a la duración del tratado y al canje o deposito de la ratificación. Posteriormente van la fecha, la firma, y los sellos.
Negociaciones y conclusiones de los tratados.
Los plenipotenciarios lo son por que reciben lo que se llama plenos poder, los plenos poderes son títulos escritos, en los que se consta la autorización suficiente que al representante de la jefa del estado para negociar y firmar tratados.
Una vez que se cumplen las formalidades constitucionales, el convenio será ratificado, la verificación de los plenos poderes es el acto de examinarlos en el momento de principiar las negociaciones y es ya un mero formulismo.
El alterna. Esto es, cada diplomático firma primero el tanto del otro país. Si consta de varias paginas, se iníciala cada una de ellas. Se colocan los listones que unen las distintas fojas de cada ejemplar y se lacran, encima de lo cual el diplomático estampa su sello personal o el de la nación a que pertenece.
Cada plenipotenciario recoge su ejemplar, que será enviado al ejecutivo o al órgano del estado que corresponda, para los pasos subsecuentes.
El procedimiento de negociar de los tratados multilaterales es parecido al de una conferencia internacional. Una vez que se adopta un texto definitivo se firma al mismo tiempo por los plenipotenciarios en tantos ejemplares como países están representándose, siguiéndose en la ceremonia diplomático.
La ratificación de los pactos internacionales.
Es un término que se deriva del derecho privado y su significado literal es confirmación.
Una vez otorgada la ratificación no puede revocarse ni aun cuando se alegue que no se cumplieron en el interior del país determinadas formalidades como la de la promulgación.
El poder  legislativo y los tratados en México.
El artículo 76 de la carta magna señala que son facultades exclusivas del senado aprobar los tratados y convenciones diplomáticas que celebre el presidente de la republica con las potencias extranjeras.
Accesión y adhesión.
Accesión significa que un tercer estado se agrega a petición propia a un tratado ya en vigor entre otros estados, para convertirse en parte con todos los derechos y deberes concomitantes. Para ello es menester de todos y cada uno d los estados miembros de ese tratado.
Adhesión en este el estado que se incorpora no hace si no cumplir las condiciones previstas de antemano, manifestando su voluntad de querer incorporarse al pacto y depositando su adhesión que es equivalente a la ratificación de un tratado multilateral en el país en que se estipulo que se hará el deposito. Una diferencia importante a la accesión es que en la adhesión se pueden formar reservas.
Reservas a los tratados.
Un tratado al demostrar su consentimiento a un pacto, puede desear no quedar obligado por una determinada disposición y entonces formula una reserva, quedando en ese caso fuera del tratado las disposiciones reservadas.
Extinción de los tratados
Los pactos internacionales terminan sus efectos por causas muy diversas y unas de ellas emergen del mismo tratado, en cuanto a otras aparecen a posteriori
Entre las primeras se han mencionado el termino, la condición, la ejecución y la denuncia. Caben entre las segundas la renuncia, el incumplimiento, la guerra, la extinción del sujeto y bajo ciertas circunstancias, la imposibilidad de realizar el objeto.












Conclusiones
En esta segunda parte de las negociaciones jurídicas internacionales entramos mas afondo pudiendo conocer paso a paso las diferentes importancias que tienen los tratados en lo que respecta a nuestro estado y las facultades que la constitución le otorga al presidente de la republica en el articulo 89 fracción x para poder la decisión de celebración de los tratados internacionales con países extranjeros y la facultad que le otorga el articulo 76 a el poder legislativo para aprobar los tratados y convenciones de carácter internacional.
Se hablo de los pasos que se deben seguir para formular una convención diplomática desde sus inicios que son la invitación de los representantes de cada estado que por obvias razones de representación tienen que se gente envestida por un pleno poder y así llamarse plenipotenciarios por que tienen la facultad de ver por el país en las cuestiones de relaciones internacionales y pueden firmar y aprobar tratados.
Ratificación como lo mencionamos no es otra cosa que la confirmación de una decisión que los poderes del estado toman para que se lleve acabo por sus representantes
Se conoció también algo muy importante como lo es la accesión y la adhesión en los tratados ya que en ellas se puede tomar la decisión si un estado se integra de propia voluntad a un tratado ya existente adquiriendo tanto sus derechos como sus deberes quedando así plasmado en los tratados o la adhesión que solo se adhiere y puede hacer reservas en los tratados para solo obligarse en lo que a su país mas le conviene y en las cuestiones que no tiene relevancia quedar fuera de ellas en el tratado ya estipulad.
Las reservas las vimos como la negación de las clausulas que no tienen ninguna importancia o actividad que se pueda realizar para algunos estados en la cual no se le obliga al estado que se adhiere a que las lleve acabo.
Y por ultimo terminamos el ensayo con la terminación de los tratados que se dividen en dos que son las que se derivan de los mismos tratados y las posteriori que se llevan acabo como su nombre lo dice a posterior de haberse realizado el tratado. Entre las terminaciones de los tratados que surgen de este tenemos la terminación, la condición, la ejecución y la denuncia, y los que se dan a posteriori son el incumplimiento, la guerra, la extinción del sujeto y la imposibilidad de realizar 

miércoles, 13 de junio de 2012

Garantias Individuales



UNIVERSIDA ALFONSO REYES
DIVISION  HUMANISTA
UNIDADA: LINDA VISTA
MATERIA: Garantías Individuales

CATEDRATICO: LIC. Norma Leticia Gutiérrez

TRABAJO DE INVESTIGACION:
ARTICULOS 14 Y 16 CONSTITUCIONALES
GRUPO: 6°

MATRICULA: L_10167

ALUMNO (A): Jesus Otoniel Ramirez Garcia




Guadalupe n.l al 05 de Junio 2012
Introducción
En el siguiente trabajo veremos los artículos 14° y 16° de la constitución política de los estados unidos mexicanos los cuales son artículos muy importantes por que en ellos se ven involucradas las garantías individuales de los seres humanos que a vitan dentro de la republica mexicana.
En el articulo 14° se habla de la retroactividad  de la ley,  la cual no se puede aplicar un cambio en una norma cuando sea perjudicar para cualesquier persona que se encuentre en un proceso, pero cuando la nueva norma es a beneficio de la persona que se encuentra en un juicio si se puede aplicar por que no le esta perjudicando.
También se habla de que en los juicios penales esta estrictamente prohibido aplicar sanciones por simple analogía, entiéndase analogía una decisión que se toma y no este estipulado en la ley, ya que las normas del sistema criminal son extintamente apegadas a derecho.
En cambio el articulo 16° veremos como esta estipulado y como salvaguarda los derechos de propiedad y de libre transito ya que se habla de que nadie puede ser molestado en su propiedad o en sus bienes ya que es imposible de que alguien pueda obtener algo que no le corresponde al menos que sea llamado o vencido en un juicio plenamente establecido por juzgados debidamente registrados con anterioridad.









Articulo 14.-irretroactividad de la ley
A ninguna ley sele dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna
Nadie podrá ser privado de su libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, si no mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.
En los juicios de orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aun por mayoría de razón, pena alguna que no se este decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trate.
En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de esta se fundara a los principios generales del derecho.
Artículo 16.- Fundación y motivación
Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, si no en virtud de un mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales el acceso, rectificación y cancelación de los mismos así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos
No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado con pena privativa de libertad y obren datos que establezcan que se ha cometido ese hecho y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión.
La autoridad que ejecute una orden judicial de aprehensión, deberá poner al inculpado a disposición del juez, sin dilación alguna y bajo su más estricta responsabilidad. La contravención a lo anterior será sancionada por la ley penal.
Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público. Existirá un registro inmediato de la detención.

Sólo en casos urgentes, cuando se trate de delito grave así calificado por la ley y ante el riesgo fundado de que el indiciado pueda sustraerse a la acción de la justicia, siempre y cuando no se pueda ocurrir ante la autoridad judicial por razón de la hora, lugar o circunstancia, el Ministerio Público podrá, bajo su responsabilidad, ordenar su detención, fundando y expresando los indicios que motiven su proceder.

En casos de urgencia o flagrancia, el juez que reciba la consignación del detenido deberá inmediatamente ratificar la detención o decretar la libertad con las reservas de ley.

La autoridad judicial, a petición del Ministerio Público y tratándose de delitos de delincuencia organizada, podrá decretar el arraigo de una persona, con las modalidades de lugar y tiempo que la ley señale, sin que pueda exceder de cuarenta días, siempre que sea necesario para el éxito de la investigación, la protección de personas o bienes jurídicos, o cuando exista riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia. Este plazo podrá prorrogarse, siempre y cuando el
Ministerio Público acredite que subsisten las causas que le dieron origen. En todo caso, la duración total del arraigo no podrá exceder los ochenta días.
Por delincuencia organizada se entiende una organización de hecho de tres o más personas, paracometer delitos en forma permanente o reiterada, en los términos de la ley de la materia.

Ningún indiciado podrá ser retenido por el Ministerio Público por más de cuarenta y ocho horas, plazo en que deberá ordenarse su libertad o ponérsele a disposición de la autoridad judicial; este plazo podrá duplicarse en aquellos casos que la ley prevea como delincuencia organizada. Todo abuso a lo anteriormente dispuesto será sancionado por la ley penal.
En toda orden de cateo, que sólo la autoridad judicial podrá expedir, a solicitud del Ministerio Público, se expresará el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla, un acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia.







Conclusiones

Como vimos en el ensayo estos artículos son muy importantes tanto que se utilizan mucho y muy seguido en demandas de amparo ya que estos artículos están estipulados en la carta magna, la constitución mexicana y se habla de las garantías que tenemos los mexicanos y protegen nuestra personalidad y nuestros vienes, así también como en la retroactividad de la ley que no puede dañar a los reos en cuestiones de nuevas normas aplicadas.
solo la autoridad judicial 

Derecho Mercantil Mexicano


UNIVERSIDAD ALFONSO REYES
DIVISION HUMANISTA
UNIDAD LINDAVISTA

Materia: Derecho Internacional Publico

Catedrático: Lic. Norma Alicia Vega
Ensayo: El contrato de cuenta corriente

Grupo: 6° tetramestre
Matricula: L-10167
Alumno: Jesús Otoniel Ramírez García









Guadalupe N.L 04 de junio del 2012
Introducción
En este tema vamos ha  hablar de diversos temas relacionados con el contrato de cuenta corriente y cuando principalmente se hablara de un concepto
En segundo lugar veremos las remesas y que son y el punto de vista importante de Gervantes Ahumada y posteriormente hablaremos de los efectos del contrato de cuenta corriente por que sabemos que los contratos traen lo que son obligaciones por todas las partes que estén involucrados en ellos.
En un punto mas adelante se ven lo que son clausuras de la cuenta y terminación del contrato por las cuales tiene que pasar los cuentacorrientalistas para que se haga valido los términos y los adeudos que existen entre las partes.
Se habla de las rectificaciones en un sentido muy pequeño y por ultimo de los embargos en la cuenta corriente en el momento de que una de las partes fallen.
















CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE

Concepto: El Articulo 302 de la LTOC define el contrato de cuenta corriente en los siguientes términos: en virtud de los contratos de cuenta corriente, los créditos derivados de las remesas reciprocas de las partes se anota como partidas de abono o  de cargo en una cuenta y solo el saldo que resulta a la clausura de la cuenta constituyente un crédito exigible y disponible. www.uar.edu.mx
La institución de cuentas corriente se ha formado en la práctica mercantil. Mediante el contrato de cuenta corriente las partes persiguen la finalidad de limitar o disminuir sus pagos en efectivo. Asi en universidades mexico en efecto, dos comerciantes que tengan constantes relaciones de negocios podrán convenir en no exigirse el pago de sus créditos reciprocas derivados de las remesas que se hagan, sino en inscribirlos o anotarlos en una cuenta, y exigir solamente el saldo que resulten clausura o cierre.
El contrato de cuenta corriente es puramente consensual; su celebración no requiere formalidad alguna, basta simplemente el consentimiento de las partes.

LAS REMESAS
 Se entiende por remesa, dice Gervantes Ahumada, no solo él envió material que haga un cuentacorrentista al otro, sino toda operación que motive una anotación de la cuenta corriente, por producir un crédito contra alguna de las partes.
No es remesa el valor, el efectivo y mucho menos la mercancía que un cuentacorrienta envía al otro, tampoco esta representada la remesa por la operación del negocio jurídico, que hace nacer la relación obligatoria singular que deberá ser regulada por la cuenta corriente.
EFECTOS DEL CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE:
Fundamentalmente ,en universidades monterrey la cuenta corriente produce el efecto de que una vez anotados en ella los créditos derivados de las remesas que recíprocamente se hacen las partes, tales créditos dejan de ser exigibles individualmente considerados, siéndolo tan solo el saldo que resulte después de operar su compensaciones.
Esto es, por virtud del contrato de cuenta corriente, los créditos recíprocos de las partes se compensan, haciéndose solo exigibles el saldo aparezca a cargo de uno de los cuentacorrentistas.
El cuentacorrentista que incluya en la cuenta un crédito garantizado con prenda o hipoteca, tendrán derecho a hacer efectiva la garantía por el importe del crédito garantizado, en cuanto resulte acreedor del saldo. Cuando hubiere fiadores o coobligados, estos quedaran obligados en los términos de los contratos por el monto de ese crédito en favor del cuentacorrientalista que hubiere hecho la remesa y en cuanto este resulte acreedor del saldo.
CLAUSURA DE CUENTA Y TERMINACION DEL CONTRATO
La clausura de la cuenta para la liquidación del saldo debe efectuarse, salvo pacto o uso en contrario, casa seis meses
Si posteriormente a la clausura de la cuenta el saldo es llevado a una nueva cuenta, causara intereses al tipo convenido para las otras remesas, y en caso contrario, al tipo legal. Cuando el contrato termina por la clausura de la cuenta, deberá entregarse el saldo al cuentacorrientista que resulte acreedor.
El término de cuenta corriente termina
° Al vencimiento del plazo convenido
° Cuando sea por tiempo indeterminado, por denuncia que haga cualquiera de las partes
La muerte o incapacidad superviniente de uno de los cuentacorrientistas no supone la terminación del contrato sino cuando sus herederos o representantes, o el otro cuentacorrientista, opten por su terminación.
RECTIFICACIONES
Las acciones para la rectificación de los errores de calculo, de las omisiones o duplicaciones, prescriben en el termino de seis meses, a partir de la clausura de la cuenta.
EMBARGO DE LA CUENTA CORRIENTE
Dispone el articulo 307 de la LTOC que el acreedor de una cuentacorrientista puede pedir el aseguramiento y la adjudicación del saldo eventual  de la cuenta corriente.




Conclusiones

En este tema hablaremos del contrato de cuenta corriente el cual es muy común en las empresas por que hoy en día las empresas buscan expandir sus mercados y la forma de hacerlo es dando crédito a sus acreedores una línea de crédito o a lo que es igual cuenta corriente la cual es un pacto entre las partes para que no se cobre de contado el producto o servicio que se maneje de dicha empresa si no que se estipule un plazo para hacer efectivo el pago de el producto o servicio.

También estuvimos viendo que son el valor ni las remesas y lo que conlleva en cuestiones de que no son el efectivo. Ni mucho menos la mercancía por producir un crédito
Aprendimos también las causas que existen para hacer valida la terminación de un cuenta corriente que son varias, se habla  de que ni la muerte ni la incapacidad del cuentacorrientalista hace valer el término de esta.
Y por ultimo aprendimos que se puede manejar un embarco en contra de con cuentacorrientalista cuando no cumple el pacto de pago que se tiene estipulado por medio de un contrato y en caso de que este no tenga para pagar o su coobligado tampoco no se haga responsable del adeudo se tendrán que proceder en vía jurídica al embargo.