UNIVERSIDAD
ALFONSO REYES
DIVISION
HUMANISTA
UNIDAD
LINDAVISTA
Materia:
Derecho Internacional Publico
Catedrático:
Lic. Norma Alicia Vega
Ensayo:
El contrato de cuenta corriente
Grupo: 6° tetramestre
Matricula: L-10167
Alumno: Jesús Otoniel Ramírez García
Guadalupe
N.L 04 de junio del 2012
Introducción
En este tema vamos ha hablar de diversos temas relacionados con el
contrato de cuenta corriente y cuando principalmente se hablara de un concepto
En segundo lugar veremos las
remesas y que son y el punto de vista importante de Gervantes Ahumada y
posteriormente hablaremos de los efectos del contrato de cuenta corriente por
que sabemos que los contratos traen lo que son obligaciones por todas las
partes que estén involucrados en ellos.
En un punto mas adelante se
ven lo que son clausuras de la cuenta y terminación del contrato por las cuales
tiene que pasar los cuentacorrientalistas para que se haga valido los términos
y los adeudos que existen entre las partes.
Se habla de las
rectificaciones en un sentido muy pequeño y por ultimo de los embargos en la
cuenta corriente en el momento de que una de las partes fallen.
CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE
Concepto: El Articulo 302 de
la LTOC define el contrato de cuenta corriente en los siguientes términos: en
virtud de los contratos de cuenta corriente, los créditos derivados de las
remesas reciprocas de las partes se anota como partidas de abono o de cargo en una cuenta y solo el saldo que
resulta a la clausura de la cuenta constituyente un crédito exigible y
disponible. www.uar.edu.mx
La institución de cuentas
corriente se ha formado en la práctica mercantil. Mediante el contrato de
cuenta corriente las partes persiguen la finalidad de limitar o disminuir sus
pagos en efectivo. Asi en universidades mexico en efecto, dos
comerciantes que tengan constantes relaciones de negocios podrán convenir en no
exigirse el pago de sus créditos reciprocas derivados de las remesas que se
hagan, sino en inscribirlos o anotarlos en una cuenta, y exigir solamente el
saldo que resulten clausura o cierre.
El contrato de cuenta
corriente es puramente consensual; su celebración no requiere formalidad
alguna, basta simplemente el consentimiento de las partes.
LAS REMESAS
Se entiende por remesa, dice Gervantes Ahumada,
no solo él envió material que haga un cuentacorrentista al otro, sino toda
operación que motive una anotación de la cuenta corriente, por producir un
crédito contra alguna de las partes.
No es remesa el valor, el
efectivo y mucho menos la mercancía que un cuentacorrienta envía al otro,
tampoco esta representada la remesa por la operación del negocio jurídico, que
hace nacer la relación obligatoria singular que deberá ser regulada por la
cuenta corriente.
EFECTOS DEL CONTRATO DE
CUENTA CORRIENTE:
Fundamentalmente ,en universidades
monterrey la cuenta corriente produce el efecto de que una vez anotados en
ella los créditos derivados de las remesas que recíprocamente se hacen las
partes, tales créditos dejan de ser exigibles individualmente considerados,
siéndolo tan solo el saldo que resulte después de operar su compensaciones.
Esto es, por virtud del
contrato de cuenta corriente, los créditos recíprocos de las partes se
compensan, haciéndose solo exigibles el saldo aparezca a cargo de uno de los
cuentacorrentistas.
El cuentacorrentista que incluya
en la cuenta un crédito garantizado con prenda o hipoteca, tendrán derecho a
hacer efectiva la garantía por el importe del crédito garantizado, en cuanto
resulte acreedor del saldo. Cuando hubiere fiadores o coobligados, estos
quedaran obligados en los términos de los contratos por el monto de ese crédito
en favor del cuentacorrientalista que hubiere hecho la remesa y en cuanto este
resulte acreedor del saldo.
CLAUSURA DE CUENTA Y
TERMINACION DEL CONTRATO
La clausura de la cuenta
para la liquidación del saldo debe efectuarse, salvo pacto o uso en contrario,
casa seis meses
Si posteriormente a la
clausura de la cuenta el saldo es llevado a una nueva cuenta, causara intereses
al tipo convenido para las otras remesas, y en caso contrario, al tipo legal.
Cuando el contrato termina por la clausura de la cuenta, deberá entregarse el
saldo al cuentacorrientista que resulte acreedor.
El término de cuenta
corriente termina
° Al vencimiento del plazo
convenido
° Cuando sea por tiempo
indeterminado, por denuncia que haga cualquiera de las partes
La muerte o incapacidad
superviniente de uno de los cuentacorrientistas no supone la terminación del
contrato sino cuando sus herederos o representantes, o el otro
cuentacorrientista, opten por su terminación.
RECTIFICACIONES
Las acciones para la
rectificación de los errores de calculo, de las omisiones o duplicaciones,
prescriben en el termino de seis meses, a partir de la clausura de la cuenta.
EMBARGO DE LA CUENTA
CORRIENTE
Dispone el articulo 307 de
la LTOC que el acreedor de una cuentacorrientista puede pedir el aseguramiento
y la adjudicación del saldo eventual de
la cuenta corriente.
Conclusiones
En este tema hablaremos del
contrato de cuenta corriente el cual es muy común en las empresas por que hoy
en día las empresas buscan expandir sus mercados y la forma de hacerlo es dando
crédito a sus acreedores una línea de crédito o a lo que es igual cuenta
corriente la cual es un pacto entre las partes para que no se cobre de contado
el producto o servicio que se maneje de dicha empresa si no que se estipule un
plazo para hacer efectivo el pago de el producto o servicio.
También estuvimos viendo que
son el valor ni las remesas y lo que conlleva en cuestiones de que no son el
efectivo. Ni mucho menos la mercancía por producir un crédito
Aprendimos también las
causas que existen para hacer valida la terminación de un cuenta corriente que
son varias, se habla de que ni la muerte
ni la incapacidad del cuentacorrientalista hace valer el término de esta.
Y por ultimo aprendimos que
se puede manejar un embarco en contra de con cuentacorrientalista cuando no
cumple el pacto de pago que se tiene estipulado por medio de un contrato y en
caso de que este no tenga para pagar o su coobligado tampoco no se haga
responsable del adeudo se tendrán que proceder en vía jurídica al embargo.
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